¿Qué es Siradig y el formulario F 572?

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Siradig AFIP, cuyas siglas significan: Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias, es fundamentalmente un servicio Web, mediante este servicio los trabajadores actuantes bajo relación de dependencia deben informar a su agente de retención sus deducciones personales, y familiares a cargo.

Si tienes interés en saber como cumplir con las exigencias de llenado, y determinar si te encuentras dentro del grupo obligado por ley a cumplir con la Siradig AFIP. Te invitamos a seguir leyendo.

¿Qué es Siradig?

El Siradig actúa como un servicio de asistencia administrativa a los trabajadores, es funcional en modo electrónico y facilita mediante la generación del formulario F-572, reportar sus datos sobre los conceptos que tiene interés en deducir ante el régimen de retención del impuesto a las ganancias.

Permite informar si le han realizado percepciones en conformidad con el régimen que fija la RG 3819/15, También le es posible enterar si ha percibido otros ingresos, esto en casos de empleos varios o pluriempleo.

Para saber más te invitamos a visitar este enlace.

¿Quiénes deberán utilizar el formulario F 572 ?

El formulario F 572, solo lo utilizan aquellos trabajadores en relación de dependencia, esto aplica de manera exclusiva, sin embargo también existen condicionantes relacionados con el ingreso percibido por el trabajador, a saber:

Son aplicables aquellos trabajadores que su ingreso en el año calendario anterior a su declaración hayan recibido una cantidad bruta igual o superior a a $250 mil.

También deben utilizar el formulario todo aquel que sume el pago a cuenta del gravamen, las percepciones que le hicieron durante el período fiscal que esta liquidando, todo esto de acuerdo con el régimen de percepción fijado por: RG AFIP N° 3450/13, 3550/13 y 3583/14.

Eres aplicante así mismo, cuando el empleador, en adhesión de razones administrativas, toma esta vía.

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¿Cómo se presenta el formulario de declaración jurada F 572?

El formulario de declaración jurada de impuesto a las Ganancias solo se ejecuta mediante el uso del servicio SIRADIG que es un medio electrónico de declaración implementado por la AFIP.

Para presentar su formulario de declaración F 572 usted debe contar con una Clave Fiscal nivel de seguridad 2 o superior.

Para conocer en detalles más sobre el modo de efectuar su declaración le invitamos a visitar el siguiente enlace, allí encontrara un explicación paso a paso de la manera de hacerlo.

¿En qué momento se debe presentar el formulario 572 para informar las deducciones?

El formulario F 572, debe ser presentando bajo tres supuestos, el primero de ellos es el inicio de cualquier relación laborar de dependencia, a modo de aviso sobre las condiciones generales de contratación.

También debe presentarse si durante el desarrollo de la relación laborar existen modificaciones que ameritan un cambio en los datos que inicialmente se cargaron en el formulario Web.

El ultimo momento y su razón de ser es la presentación del formulario luego de un año calendario de labor, la declaración para pago de contribuyentes debe efectuarse entre el 1 y 31 de enero inmediatos al año calendario que se esta declarando.

¿Los beneficiarios de las rentas deben conservar alguna documentación en particular?

Todos los trabajadores sujetos al esquema de declaración están obligados a conservar toda la documentación de respaldo que suministra el sistema posterior a la carga de datos.

Por ello es obligatorio archivar los comprobantes de las liquidaciones anuales efectuadas ante el sistema, tanto como conservar el F. 649, junto al acuse de recibo que proporciona el SiRADIG.

¿De qué manera AFIP pone a disposición del empleador la información suministrada por el empleado mediante el F 572?

Los empresarios que actúan como empleadores, podrá ingresar al sistema mediante la utilización de su Clave Fiscal SiRADIG. Esto lo podrá hacer antes de que se determine el importe que se retendrá mensualmente, de esta manera tendrán el acceso a la información que proporciona su empleado y los demás agentes de retención que existieran, esto en caso de pluriempleo.

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¿Cómo se determina quién es el agente de retención en caso de poseer más de un empleador ó agente pagador?

El agente de retención en los casos de pluriempleo, se determinará de la siguiente manera, mediante la determinación cuantitativa de quien sea el empleador que más abone, aquellas remuneraciones que resultan ser las de mayor importe.

Visto de esta manera, podemos decir que esta es la manera de determinar el agente de retención:

  1. En el momento de iniciar una relación laboral: identificando y cuantificando el monto de las rentas que abona cada uno de los contratadores.
  2. Cuando se comienza un nuevo año calendario: Determinar los montos que cancelaron cada empleador durante el año calendario anterior, desde el 01 de enero hasta 31 de diciembre del año a declarar, incluir ambas fechas.

¡Esperamos que toda la información que te hemos suministrado, te sea de mucha utilidad! Saludos.

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