Algunas de las personas que se encuentran leyendo el presente articulo no saben cómo pueden llevar a cabo el certificado CETA, a continuación se mostrarán cada uno de los requisitos y documentos que son necesarios para dicho proceso.
De la misma manera, cada uno de los documentos serán explicados de forma acorde al proceso y se responderán cada una de las preguntas frecuentes que el cliente posea, siempre serán bienvenidas las dudas y nosotros las responderemos.
¡Para saber solo tienes que seguir leyendo más acerca de este tema!
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¿Cómo sacar el CETA?
El Ceta se puede definir como uno de los documentos más importantes que se llevan a cabo en todo el mundo. Es conveniente resaltar que tienen un tipo de trámite muy distinto al de los demás.
El CETA, como sus siglas lo indican, se refiere al certificado de transferencia de Automotores. Normalmente, lo deberán de solicitar cada una de las personas físicas o solicitar cada una de esas personas que se encuentren de forma jurídica.
Podrá representar cada una de las sucesiones indivisas o mejor dicho, las personas jurídicas. Sin embargo, también se puede decir que lo pueden adquirir aquellas personas del país o que se encuentren resididas en el exterior, entre la misma se establece una relación de automotores.
Es importante decir que el CETA es uno de los requisitos que va dirigido a todas aquellas personas jurídicas o fiscales que lo necesiten.
Cada una de las personas que lo decida llevar a cabo deben cumplir con una documentación principal, esta consta de identificaciones personales y vehiculares que avalen al producto.
Documentos y requisitos
Algunos de los requisitos fundamentales para el certificado CETA son los siguientes:
- Identificación del vehículo, la persona debe de llevar el número de dominio, la marca, el modelo del vehiculo, fábrica y tipo.
- Valor: se debe de tener el monto de la transferencia que dicha persona debe realizar previo al proceso.
- Vendedor: debe de tener los apellidos y nombres o denominación como bien se conocen, el CUIT, el CUIL y/o el CDI y porcentaje de titularidad del vehículo de su pertenencia.
- Comprador: debe de tener los apellido y nombres, de igual forma debe de llevar la denominación o razón social, el CUIT,el CUIL y/o el CDI y asimismo debe de tener el porcentaje de titularidad sobre el vehículo propio.
- Solicitud Tipo 15 – Cesión de Derechos en donde la persona que es el vendedor se despegara de forma automática de cada uno de los productos (vehiculo).
- Si se trata de transferencias preventiva, cada persona tiene que llevar las cesiones de derechos a favor de compañías aseguradoras si es que el carro por su parte lo tiene, en caso de robo o hurto para que así el comprador esté al tanto.
- Clave fiscal si lo haces como representante legal de personas residentes en el exterior sino no es necesario tener la clave.
En cuanto a los documentos necesarios para el certificado CETA, se encuentran:
- El comprador al igual que el vendedor deben de llevar sus documentos legales.
- Cédula de identidad de cada una de las personas (vendedor y comprador).
- Permiso de la persona que lo vaya a vender y no sea el principal dueño.
- Documentación del vehiculo, como año, reparaciones, certificados y lugar de fabricación.
Pasos a seguir
Cada uno de los pasos a seguir para realizar el certificado CETA, son los siguientes:
La solicitud del formulario CETA se realiza por internet a través de la página de la AFIP.
Luego, accedes a la sesión con tu clave fiscal.
Una vez hagas este paso, verás lo siguiente.
Luego, deberás colocar en el buscador el tipo de trámite. Te saldrá una ventana como la que verás a continuación, colocas el dominio y sigues los pasos que te arroja el sistema.
Si no tienes clave fiscal
De no tener clave fiscal tendrán que dirigirse a las zonas más cercanas que sean sedes principales del trámite del certificado CETA.
De otra forma, también se puede decir que la clave fiscal es muy importante para culminar dicho proceso de forma satisfactoria, para que así cada una de las personas puedan por su parte cumplir, con cada uno de los pasos a seguir.
Se les recomienda a cada una de las personas o individuos que cumplan con la documentación anteriormente planteada.
NOTA:
También puedes solventar la pérdida de la clave fiscal por una aplicación. A continuación te dejamos el siguiente video:
Observaciones
Cada una de las personas que quieran realizar el certificado CETA (certificado de transferencia de Automotores) deben cumplir con cada uno de los requisitos y documentos mencionados anteriormente. Sólo lo pueden tramitar aquellas personas que deban vender o comprar algún tipo de vehículo.
Ojo: Esto se hace para que haya plena confianza y transparencia del producto.
Cada uno de los pasos que se van a realizar son muy sencillos, pero si se presenta algún tipo de inconveniente pueden llamar a los servicios generales de AFIP, y ellos con gusto podrán atenderlos y resolver cada una de sus dudas.
En caso de no poseer la clave fiscal, no hay ningún problema ya que podrán solicitarla a través de los servicios generales de AFIP, o también podrán resolver el problema mediante el celular. (Visualizar el video de la parte superior).
Por último, cada uno de los pasos generales, así como los requisitos, deben estar realizados de forma satisfactoria, para que así el ingreso a la pagina AFIP se pueda realizar de forma correcta y por lo tanto, cada una de las personas puedan colocar sus datos personales y generar la planilla del certificado CETA.
¿Quiénes están en la obligación de tramitarlo?
Todas aquellas personas naturales, jurídicas o fiscales.
Cabe destacar que se refiere a personas naturales, cuando cada uno de los individuos que tengan la necesidad de tramitar dicho certificado puedan ejercer cada uno de sus derechos y obligaciones que les demanda la ley sin ningún tipo de restricción.
Se define como una persona en donde sus principales ideales están claros al igual que su ética y moral; por ende cada una de ellas tiene la plena libertar de llevar a cabo y por lo tanto pagar cada una de sus deudas y demandas con una empresa.
Ahora bien, se define como persona jurídica a aquellos seres humanos en donde cada una de sus deudas o por lo tanto sus obligaciones o deberes siempre se encontrarán limitados de forma general a una empresa.
Es por que podemos llamar a personas jurídicas como una especie de colectividad, ya que nunca están constituidas por una sola persona, sino que en su gran mayoría se encuentran acompañados de diferentes tipos de personas. Estas pueden ser tanto personas naturales como jurídicas.
Por último se puede decir que cada una de las personas fiscales tienen que ver con todos aquellos seres humanos que estén libros de obtener cualquier tipo de derechos pero que por su parte deben de hacer lo posible para contraer cualquier tipo de obligaciones, esto puede pasar en cualquier entidad fiscal que tenga como principio fundamental la existencia real de las legislaciones.
¿Quiénes quedan exentos?
Todas aquellas personas que no tengan nada que ver con este tipo de problemas, es decir, que no sean jurídicas ni fiscales. Ahora bien, se puede mencionar a otras personas que no deben de llevar a cabo el certificado CETA, entre estas se encuentran:
Maquinarias autopropulsadas, en donde cada una de las productoras agrícolas, tractores, cosechadoras, grúas, maquinarias viales no lo necesiten. Esto se debe a que cada una de las máquinas no entran en base a los requisitos que demanda la ley en cuanto a la certificación CETA
Transferencias efectuadas a través de remates judiciales que no sean ilícitas, sentencias o resoluciones judiciales, ya que, cada una de las mismas están bajo un constante control que le permite a la empresa saber si en algún caso deban tramitar dicho certificado.
Estados nacionales, provinciales o municipales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Sin ninguna excepción, no pueden tramitar el certificado CETA. Estarian irrumpiendo las normas del formulario de transferencia de Automotores.
Misiones diplomáticas permanentes acreditadas que dependan de cualquier tipo de actividad que no tengan que ver con contrabando, agentes consulares y demás representantes oficiales de países extranjeros que por su parte tengan un permiso de su país que avale en contenido.
Instituciones religiosas comprendidas en la Ley de Impuesto a las Ganancias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
¡Esperamos te haya funcionado la información! Saludos.